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Descripcion

SUBERNA Gestió Immobiliària, comercializa luminoso piso con balcón en Poblenou (Sabadell), en finca de solo dos vecinos~Si buscas tranquilidad y una vivienda con espacios exteriores, este piso es una excelente oportunidad.~~Ubicado en el barrio de Poblenou de Sabadell, al lado de la parada de autobús. Ofreciendo un ambiente familiar y con pocos gastos de comunidad.~La finca no dispone de ascensor.~~La vivienda dispone de un amplio y luminoso salón-comedor con salida a balcón, ideal para disfrutar del aire libre. La cocina es independiente y funcional. Cuenta con dos habitaciones dobles, ambas con acceso directo a un segundo balcón, aportando una gran luminosidad y ventilación natural.~~Para garantizar el máximo confort durante todo el año, la vivienda dispone de calefacción y aire acondicionado.~~En la planta superior encontrarás una amplia terraza comunitaria, perfecta para disfrutar del buen tiempo, además de un práctico trastero que proporciona un espacio extra de almacenamiento.~~Características principales:~Salón-comedor con salida a balcón.~Cocina independiente.~2 habitaciones dobles con salida a balcón.~Calefacción.~Aire acondicionado.~Terraza comunitaria.~Trastero.~Finca de solo 2 vecinos.~Zona tranquila y bien comunicada.~~Una vivienda ideal primera residencia y para quienes desean vivir en una finca con pocos vecinos, disfrutando de tranquilidad, comodidad y todos los servicios a su alcance.~~Nº AICAT 8518~Nº API 3338~Zona Tensionada: SI~Condición de gran Tenedor: NO~De conformidad con el artículo 20.1.c) del TRLGDCU y con el Real Decreto 515/1989, el precio anunciado no incluye impuestos ni gastos de la compraventa, salvo indicación expresa. Si la operación está sujeta a IVA, se aplicará el tipo vigente conforme a la Ley 37/1992 y, cuando proceda, AJD. Si la operación está sujeta a ITP, este se liquidará conforme al Real Decreto Legislativo 1/1993 y a la normativa tributaria vigente en Cataluña. Los gastos de notaría y registro se abonarán según arancel, de conformidad con el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989. La parte compradora no asumirá los gastos que legalmente correspondan a la parte vendedora~~