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Descripcion

Grupo Apialia Terrassa Ofrece en Exclusiva este amplio piso de 101 m2 construidos situado en la zona sur del barrio de Ca n'Anglada, a tocar de la Avenida de Barcelona y en una ubicación con muy buena conexión en vehículo con las principales vías de entrada y salida de Terrassa. ~~La zona dispone de grandes superficies comerciales, comercio de proximidad y todos los servicios necesarios para el día a día. La vivienda se encuentra en una finca muy cuidada y con ascensor, y destaca especialmente por su amplitud y una distribución muy funcional que aprovecha muy bien todos los espacios. Dispone de cuatro habitaciones, tres de ellas dobles y una habitación individual de buenas dimensiones, hecho que lo convierte en una opción ideal para familias que necesitan espacio, una zona de despacho o habitaciones polivalentes. El salón comedor es amplio, está orientado a oeste y disfruta de sol por la tarde, con salida directa a un balcón que aporta luz natural y un agradable espacio exterior. La cocina es independiente, de buenas dimensiones y con salida a una práctica galería, ideal como zona de lavado y almacenamiento. Completa la vivienda un baño completo con bañera. ~~Un piso cómodo, amplio y muy bien aprovechado, con cuatro habitaciones, ascensor y balcón, ideal para quien busca una vivienda práctica en Terrassa con todos los servicios al alcance.~~Eslallar Immobles~Nº Registro AICAT: 10032~Nº API: A13527~~De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del TRLDCU: Impuestos a cargo del comprador: En el caso de IVA. - al tipo vigente (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido) En el caso de ITP. - sobre el mayor de los valores entre el precio de venta o el de referencia catastral, oscilando en función de las condiciones del comprador (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) NOTARIA Y REGISTRO: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría y el registro (Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad respectivamente). ~~